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+Project Gutenberg's El derecho internacional americano, by Felix Stoerk
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+This eBook is for the use of anyone anywhere at no cost and with
+almost no restrictions whatsoever. You may copy it, give it away or
+re-use it under the terms of the Project Gutenberg License included
+with this eBook or online at www.gutenberg.org/license
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+
+Title: El derecho internacional americano
+ estudio doctrinal y crítico
+
+Author: Felix Stoerk
+
+Release Date: April 13, 2012 [EBook #39446]
+
+Language: Spanish
+
+Character set encoding: ISO-8859-1
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+*** START OF THIS PROJECT GUTENBERG EBOOK EL DERECHO INTERNACIONAL AMERICANO ***
+
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+
+Produced by Dianna Adair, Adrian Mastronardi and the Online
+Distributed Proofreading Team at http://www.pgdp.net (This
+file was produced from images generously made available
+by The Internet Archive/American Libraries.)
+
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+
+
+
+
+
+
+EL
+
+DERECHO INTERNACIONAL AMERICANO
+
+ESTUDIO DOCTRINAL Y CRÍTICO
+
+POR EL PROFESOR
+
+FELIX STOERK
+
+PUBLICADO POR LA
+
+REVISTA DE LOS TRIBUNALES
+
+MADRID
+
+CENTRO EDITORIAL DE GÓNGORA
+
+CALLE DE SAN BERNARDO, 43
+
+1898
+
+IMPRENTA DE J. GÓNGORA ALVAREZ.--CALLE DE SAN BERNARDO, 85.--MADRID.
+
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+
+EL DERECHO INTERNACIONAL AMERICANO
+
+
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+
+Hace ya un siglo que, en medio de las generosas aspiraciones del
+cosmopolitismo filosófico, tuvo lugar casi insensiblemente el paso de la
+manera de ser política de América á la gran confederación jurídica de
+las antiguas nacionalidades europeas. Este ingreso de los pueblos
+americanos en el concierto de los Estados se llevó á cabo casi sin
+advertirlo, de un modo orgánico, mientras muchos lustros después, sólo
+por medios artificiosos y de resultados aparentes pudo verificarse el
+ingreso de las naciones orientales. La unión intelectual y jurídica que
+desde entonces subsiste entre América y el principio regulador del
+comercio, que informa el Derecho internacional europeo, se mantuvo en lo
+fundamental, sin discutir ahora si las Repúblicas que se organizaron
+políticamente con independencia del mundo antiguo prosiguieron
+manteniendo en el remoto Occidente la unión constitucional con la madre
+patria, o si, inspirándose en la histórica «ingratitud de las colonias»,
+llegaron á romper aquella unión con profundas revoluciones políticas.
+
+La Europa, que estaba al frente de la civilización, aceptó en su
+totalidad aquella segregación de la América septentrional y meridional
+como un corolario ineludible del desarrollo político del nuevo mundo.
+Abstracción hecha de pequeños impedimentos pasajeros, las antiguas
+naciones reconocieron el derecho de soberanía á las nuevas entidades
+políticas, las cuales, con los crecientes puntos de contacto del tráfico
+internacional considerablemente aumentado, supieron utilizar en todo las
+ventajas del Derecho internacional europeo. Europa fué en todo el
+elemento comunicativo; América, el receptivo. Los conceptos jurídicos de
+las naciones europeas respecto á la guerra y á la paz, las instituciones
+para el amparo jurídico de la propiedad y para la justificada
+implantación del sistema de favorecer á los más en la concurrencia
+internacional, el derecho diplomático y consular, la protección á los
+extranjeros y el _derecho de asilo_ en el más amplio sentido de la
+palabra, las reglas que garantizan el derecho de guerra y la
+neutralidad;.... todas estas instituciones jurídicas, arraigadas en el
+campo del antiguo Derecho internacional europeo, se las ha asimilado
+América en cantidad considerable, y con ello ha realizado prácticamente
+la adhesión de su diplomacia á los principios jurídicos y comerciales
+del viejo mundo.
+
+La deuda de gratitud de América para con Inglaterra quedó pagada con el
+_Alabama_; para con Francia quedó sin pagar, por los errores de Napoleón
+y del Archiduque austriaco en la fundación del trono imperial de México.
+
+Hasta qué punto la América del Norte como la del Sur ha permanecido
+pasiva respecto á Alemania en el comercio jurídico, es cosa que se
+sustrae á cualquier sistema humano de pesas y medidas: respecto á los
+territorios de la América central y meridional, puede decirse lo mismo
+de España, la cual ha dado al Nuevo Mundo la plenitud de la energía y de
+la actividad de su juventud, hasta que ya no le han quedado más que los
+últimos restos para su vida política.
+
+De esa manera, Europa, con la cooperación de todas sus partes
+integrantes, guiándose por el pensamiento de que la identidad de las
+necesidades del orden agrícola y económico reclama la comunidad del
+orden jurídico, ha hecho extensiva á América, sin reserva alguna, la
+recíproca comunidad de derecho, que existe entre las naciones de nuestro
+Continente.
+
+Así como las ciencias naturales han logrado, con datos abundantísimos,
+fijar los caracteres similares que acusan la comunidad de origen físico
+en agrupaciones de pueblos que, geográficamente considerados, distan
+mucho en sus puntos de residencia, y de ese modo los ha unido con lazo
+corporal, así también las ciencias psicológicas no carecen de múltiples
+recursos para demostrar la homogeneidad intelectual y psíquica.
+Indudablemente la filosofía del derecho, á pesar de objeciones
+exclusivistas y de carácter superficial, va por camino recto cuando
+coloca en el fondo de la conciencia colectiva de la comunidad el génesis
+del verdadero derecho. El pequeño círculo original de esa conciencia se
+ensancha gradualmente hasta que, por efecto de una ley necesaria,
+inevitable, abarque todas las generaciones y todos los pueblos. Estos se
+van considerando como una unidad adherida á la ley común, no porque esta
+ley haya provenido de una autoridad coactiva, sino porque la comunidad
+de vida, asegurada por la ley, y junto con esto la garantía de la
+regularidad de la conducta, es para todos un gran bien jurídico cuyo
+valor está por encima de cualquier autoridad temporal.
+
+De ese modo, pues, entre pueblos del antiguo y nuevo continente tan
+fundamentalmente diversos por su historia y por su raza, por su religión
+y por su estructura social, se ha ido formando una jurisprudencia
+internacional como resultado de la propaganda jurídica, y con ella la
+coexistencia de Estados libres sobre la base de la reciprocidad como
+principio regulador. Los publicistas de los Estados Unidos no han
+titubeado en reconocer todo su alcance á este hecho, tan significativo
+en la historia del derecho coma en la historia de la civilización. De
+aquí el que sea una proposición axiomática en el sistema jurídico de la
+ley común: «la ley de las naciones es una parte de la ley del país».
+
+Y en las obras más esclarecidas de Derecho internacional que han visto
+la luz allende el Océano, en el _Digest of International Law_, de
+Francisco Wharton, se insiste lógicamente en esta idea. «Siempre, desde
+que hemos sido nación independiente, hemos recurrido á la moderna ley de
+las naciones tal como se entiende en Europa, y conforme á esa ley hemos
+procedido. Varias resoluciones del Congreso..... decisiones de nuestros
+Tribunales del Almirantazgo, todas han reconocido ese modelo. Los actos
+ejecutivos y legislativos y los procedimientos de nuestros Tribunales
+hablan un lenguaje análogo». Aun es más decisivo, en el sentido de lo
+que llevamos dicho, lo siguiente: «Al proclamar el Presidente la
+neutralidad, se refiere expresamente á la moderna ley internacional, que
+debemos por necesidad comprender que es la dominante en Europa y
+aceptada por este país..... Es indudable que el derecho consuetudinario
+de Europa es una parte del derecho común, y, por adopción, el de los
+Estados Unidos» (_Digest of International Law_, por Francisco Wharton,
+Appendix.) Esta confesión, á la cual podían añadirse numerosos pasajes
+análogos, aunque no del mismo peso, concede á Europa aquella autoridad
+que en la organización medioeval de las ciudades alemanas se atribuía á
+la cabeza de distrito, al amparo de cuyo derecho municipal se fundaban
+otros nuevos Municipios. El Municipio así fundado, unido al más antiguo
+por el valioso y santo vínculo de la jurisdicción territorial, veía en
+el Municipio más antiguo un grado superior de jurisdicción. En los casos
+contenciosos la tramitación pasaba de las ciudades nuevas amparadas por
+el mismo derecho, al Tribunal superior de la ciudad antigua. Si
+continuamos el símil de este ejemplo de la historia del derecho, cuya
+aplicación, como se comprende, es ahora teóricamente limitada, en ese
+caso las nacionalidades europeas, la conciencia y el sentido jurídico de
+Europa, han dictado en los últimos días, con ocasión del conflicto
+hispano-americano, un veredicto casi unánime contra la infundada
+violación del derecho internacional, cometida por América en cuanto á la
+integridad territorial de España.
+
+Por primera vez, en recientes días, se ha puesto en estado de guerra
+contra una Potencia europea la América del Norte..... Un acontecimiento
+de tal importancia y singularidad histórica está en condiciones para ser
+como la piedra de toque, como el crisol que permita formular juicio
+sobre el total proceder de una República de la magnitud y significación
+de la de los Estados Unidos. Al vivo fulgor de ese rompimiento de
+hostilidades, más clandestino que público, sin declaración de guerra,
+contra la leal costumbre de los países civilizados y con ofensivo
+menosprecio de todas las tentativas de mediación procedentes de las
+potencias de primer orden, se va poniendo en claro que Europa ha
+padecido una gran ilusión, estando dispuesta á otorgar á la adhesión de
+la diplomacia norteamericana una importancia superior á la de puro
+formalismo. El ser y la apariencia distan mucho entre sí. Viene á
+revelarse que el Norte de América--una parte del mundo, más bien que
+confederación de Estados--se ha ido formando un conjunto de propias
+ideas políticas, un sistema propio para su relación internacional con
+los demás Estados. Siendo en su origen un mero acodo, un renuevo salido
+del tallo de Europa, progresivamente se ha ido convirtiendo el nuevo
+mundo, gloriosamente aislado, en una nacionalidad _sui géneris_, con un
+principio de relaciones fundamentalmente diverso del de la metrópoli, de
+tal suerte que no tengo escrúpulo alguno en sentar la siguiente tesis:
+«Que la América del Norte se halla en las mejores condiciones para
+formar y consolidar su derecho internacional propio, americano, muy
+diverso del europeo, por haberse emancipado de hecho del antiguo sistema
+de la comunidad jurídica con Europa.»
+
+Los primeros pasos para este efecto se dieron naturalmente hace ya
+tiempo, y á duras penas se pueden en su marcha evolutiva separar, con
+exactitud cronológica, del movimiento que simultáneamente produjo la
+adhesión de América al sistema del derecho internacional europeo.
+
+El retirarse Europa del continente americano dió naturalmente á la
+preponderante América septentrional el primer impulso para hallar el
+fundamento político é internacional de su definitiva emancipación.
+Apenas separadas de Europa la América del Norte y del Sur por la
+emancipación de las colonias españolas y por hacerse el Brasil
+independiente de Portugal, los Estados Unidos se sintieron llamados á la
+dirección del nuevo mundo en su calidad de Nación más poderosa del
+mismo, é inmediatamente formularon este sentimiento exagerado de sí
+mismos en el célebre manifiesto del Presidente Monroe. Este documento,
+expedido el 2 de Diciembre de 1823, sin duda tuvo por único objeto
+primordial recusar enérgicamente los deseos de intervención por parte de
+las potencias de la Santa Alianza respecto á los Estados de la América
+meridional. Allí se sienta como un principio en que van envueltos los
+derechos é intereses de los Estados Unidos, «que los continentes
+americanos, por la condición libre é independiente en que se han
+colocado y que mantienen, no han de ser considerados de aquí en adelante
+como terrenos de futura colonización por ningún Gobierno europeo».
+(Wharton, _Digest of the International Law_, I, párrafo 57).
+
+Sin embargo, la política americana fué ampliando el sentido de semejante
+declaración de autonomía más allá de lo justo, hasta la inhibición de
+dominio comunicada á las potencias europeas. Pero esto repugna
+notoriamente tanto á la libertad de comunicación de todos los Estados
+civilizados, como al reconocimiento del derecho de soberanía de los
+demás Estados americanos, cada uno de los cuales son, en principio,
+tanto como los Estados Unidos, por ser entidades igualmente autorizadas
+del continente americano. Aunque las potencias extranjeras no han
+ignorado semejante doctrina de la «eterna inviolabilidad» del territorio
+americano, sin embargo, jamás le han reconocido valor jurídico. La han
+dejado existir únicamente en el papel y en las afirmaciones que aquélla
+contiene; no han visto nada obligatorio. La cuestión por consiguiente es
+y será bien conocida: si los Estados extranjeros pueden ó no adquirir
+territorios mediante Tratados con los Gobiernos de la América central y
+meridional. Merced á la conducta excesivamente débil de Inglaterra en la
+cuestión de demarcación de límites entre la Guyana inglesa y Venezuela,
+se ha vuelto á recrudecer novísimamente y de una manera especial la
+inhibición de dominio. En la contienda sobre límites de ambos
+territorios--no se trata, pues, en el fondo, de una nueva adquisición de
+territorio, sino de la fijación de un estado de posesión--la Gran
+Bretaña negoció en última instancia, no con Venezuela, sino con el
+Ministerio de Negocios extranjeros de los Estados Unidos. El 27 de
+Febrero de 1896 telegrafió Salisbury á la embajada inglesa en
+Washington:
+
+«He convenido con el Embajador de los Estados Unidos en que, en
+principio, el asunto (cuestión de límites de Venezuela) se discuta entre
+el Gobierno de los Estados Unidos (actuando como amigo de Venezuela) y
+Vuecencia». (Paol, _Papers_, July, 1896; Martens-Stoerk, _Nouv. Recueil
+gén. de Traités_, 2.ª serie, 1898, tomo XXIII, S. 317).
+
+La Gran Bretaña se sometió, por lo que se ve, á las consecuencias que el
+Presidente Cleveland dedujo en su mensaje á Venezuela, y que, en opinión
+de insignes juristas americanos, van mucho más allá que la antigua
+doctrina de Monroe. En dicho mensaje se interpreta esta doctrina en el
+sentido de que han de quedar excluidas para el porvenir las
+adquisiciones de territorio, aun pacíficas y por vía de Tratados, en
+todo el continente americano. Con ello, sin embargo, se ha declarado, no
+sólo la inhibición de dominio contra todos los Gobiernos extranjeros
+excluidos de las adquisiciones de territorio, sino también el derecho de
+soberanía de los Estados Unidos sobre todos los países no pertenecientes
+á la Unión, en virtud del cual se les priva del derecho de ceder
+territorio por medio de Tratados. En ninguna parte se encontrará un
+fundamento jurídico para semejante exigencia de los Estados Unidos,
+mientras se tome en cuenta el derecho de asociación de los Estados
+soberanos, y el mismo derecho político americano tampoco ofrece punto de
+apoyo alguno para fundamentar semejante pretensión, no habiendo
+reconocido hasta ahora los Estados de la América central y meridional el
+tal derecho de soberanía, el total protectorado de los Estados Unidos. A
+decir verdad, esos Estados del Centro y del Sur, muy precarios en su
+existencia, se consagran á un juego muy peligroso, cuando en casos
+dados, como en el reciente de Venezuela, reconocen tácita ó expresamente
+el tal derecho de superioridad, mientras para las exigencias de la
+política al día les parece semejante conducta más lucrativa que el libre
+gobierno nacional en armonía con sus propias leyes. El que conoce el
+valor del derecho consuetudinario respecto al derecho internacional en
+general y respecto á la ley común anglo-americana en particular, el que
+sabe que se hallan en estado de profundizar mucho las raíces de un
+precedente tan perjudicial, no es posible que ignore que en todo esto
+hay elementos poderosos para la formación de un derecho especial de
+relaciones internacionales por parte de los Estados Unidos. Naturalmente
+el desarrollo se va verificando en forma gradual, y semejante idea se va
+apoderando paulatinamente del pensamiento jurídico de la nación. En el
+Senado de los Estados Unidos, al adherirse al mensaje de Cleveland, se
+hizo una tentativa aún más avanzada, la de querer consignar en la
+legislación nacional que se declare inadmisible todo convenio de paz
+entre los Gobiernos extranjeros y americanos que tenga por objeto el
+establecerse, de cualquier modo, los primeros en territorios americanos.
+La Comisión de Negocios extranjeros del Senado suavizó estas
+proposiciones, indicando que las adquisiciones fundadas en derecho
+solamente no pueden ser toleradas cuando los Estados Unidos las juzguen
+«peligrosas para su paz y su tranquilidad». Mediante esta fórmula se
+manifiesta clara y positivamente que puede haber casos de adquisiciones
+fundadas en derecho, contra las cuales los Estados Unidos, á falta de un
+peligro para su paz y para su tranquilidad, no podrían suscitar protesta
+razonada. Pero aun esa fórmula suavizada del pensamiento capital dice
+bien á las claras que los Estados Unidos son quienes reclaman el derecho
+de superioridad territorial respecto á todos los países americanos, y
+con esto niegan formal y materialmente el principio de la soberanía de
+todos los demás Estados americanos.
+
+A consecuencia de este sistema de protectorado de formas agrias, avoca
+la República á la jurisdicción de su inmediata acción diplomática las
+contiendas territoriales de los demás Estados americanos, sin tener para
+nada en cuenta las reclamaciones de la autonomía nacional de los países
+de que se trata. Quien siga cuidadosamente el desarrollo de la historia
+diplomática de los Estados de América en semejante sentido, sacará la
+consecuencia de que el principio de la intervención, recusado
+demostrativamente por el derecho internacional europeo en atención á la
+independencia y á la igualdad de la vida política de los pueblos, ha
+sido reconocido y practicado por los Estados Unidos como regulador de su
+política exterior, cuando se ha tratado de Estados del continente
+americano.
+
+Hasta qué punto puede ya darse por terminada la formación de un derecho
+internacional americano, no conforme con la conciencia jurídica de los
+Estados europeos, lo pone de manifiesto una ojeada sobre lo que han
+dicho del problema en que nos ocupamos estadistas conspícuos y
+reconocidas autoridades jurídicas de aquel país. Ya pocos años después
+de la proclamación del principio de Monroe, creyó el Secretario de
+Estado, Clay, que podía decir: «El Gobierno de los Estados Unidos se
+abstiene escrupulosamente de tomar parte en las discusiones internas de
+los Estados extranjeros, tanto del antiguo como del nuevo mundo». Del
+mismo modo escribía el Secretario de Estado, Webster, en Enero de 1842:
+«Las grandes colectividades del mundo son consideradas como enteramente
+independientes, con derecho cada una de ellas para mantener su propio
+sistema de ley y de gobierno, mientras se vea que todas, en sus mutuas
+relaciones, se someten á las reglas y principios establecidos que
+regulan tales relaciones. Y la perfección de este sistema de
+comunicación entre las naciones requiere la más estricta aplicación de
+la doctrina de la no intervención de cualquiera de ellas en los negocios
+interiores de las demás.»
+
+Sin embargo, cada vez se fué concretando más la idea de la no
+intervención en el sentido de que únicamente se entendiese por ella la
+usurpación de Europa respecto á la posesión territorial y de soberanía
+sobre los Estados americanos, y la participación de los Estados Unidos
+en los conflictos de carácter diplomático ó constitucional en la
+política europea. La de que la no intervención debe significar también
+un alejamiento de los Estados Unidos respecto á las cuestiones políticas
+é internacionales de los restantes Estados americanos, es idea que poco
+á poco ha ido por completo borrándose del repertorio del pensamiento
+político, tanto por parte de los gobernantes como de los ciudadanos de
+la Unión. El sistema de principados y protectorados que los Estados
+Unidos han sacado, por decirlo así, del círculo de sus hermanas las
+naciones del Nuevo Mundo, proclama y sanciona además una política que
+derechamente conduce á considerar á toda la América como un solo Estado
+bajo la dirección de la Casa Blanca de Washington, siempre que se trate,
+mediata ó inmediatamente, de los intereses de los Estados Unidos; pero
+estos mismos Estados no se creen en modo alguno obligados á salir
+fiadores del proceder político, financiero y económico de los Estados
+del Centro ó del Sur de América, cuando en éstos, por medidas ó actos de
+índole política, se vulneren los intereses extranjeros, quizá de las
+naciones europeas.
+
+La historia externa é interna del Brasil, la Argentina, México, Chile,
+Haití, etc., demuestra qué género de peligros pueden resultar de
+semejante sistema de distribución desigual de derechos y de deberes,
+para todo el derecho internacional.
+
+Apoyados en su soberanía según la entienden las naciones europeas, estos
+Estados del continente americano y de sus islas contraen obligaciones
+internacionales, celebran Tratados y levantan empréstitos nacionales, se
+dan á reclutar en Europa trabajadores inmigrantes, que abrumados por el
+dolor y la miseria roturen los terrenos de sus países y lleven al
+desierto la afición al trabajo y el beneficio de la paz, como peones de
+una civilización la más adelantada. Pero si aquellos Estados,--cuya
+cifra de mortalidad alcanza el más elevado tanto por ciento con relación
+á los Presidentes que con la categoría de Generales han sido
+fusilados,--se niegan á cumplir sus compromisos, y si los extranjeros
+que allí han inmigrado experimentan un trato que sin perder la
+estimación de sí misma no podría su madre patria aplicar á sus hijos
+extraviados, entonces desaparece súbitamente la soberanía, á la europea,
+de aquellos Estados, súbitamente se enarbola la estrellada bandera de la
+Unión y se proclama la doctrina de Monroe como elemento de salvación,
+con cuya cooperación poderosa se puede continuar mediante nuevas
+energías el antiguo impulso de la civilización.
+
+En la vida privada tal conducta de doble juego, la negativa de la fianza
+para asegurar el lucro, suele reputarse por cosa deshonrosa, por cosa
+indigna, especialmente cuando el ingenioso fraude se ha ensayado
+solamente en aquellos casos, en los cuales, mediante una actitud
+enérgica, se ha conjurado de antemano el doble juego: recuérdese el
+conflicto entre Alemania y Haití.
+
+En un porvenir muy inmediato se repetirán necesariamente los casos. La
+Deuda pública de México, la Argentina, el Brasil, Chile, etc., dentro de
+un plazo no lejano, reclamará con apremiante urgencia un arreglo
+internacional á falta de arreglo nacional; entonces se llegará á ver si
+la bandera estrellada y la doctrina de Monroe tienen la suficiente
+consistencia para impedir que penetren en aquellos territorios las
+reclamaciones de una honrada confederación de las naciones.
+
+Demostrado, en lo que precede, á dónde conduce el suprimir el principio
+de la libre autonomía de los Estados,--que es la piedra fundamental del
+edificio político,--y el sustituirla con una arbitraria y versátil razón
+utilitaria, así y todo, aún no queda suficientemente explicada la total
+manera de ser del Derecho internacional americano. Aún se manifiestan en
+otros puntos discrepancias esenciales respecto á las máximas
+fundamentales que hasta ahora han sido las reguladoras de la certeza
+jurídica en las naciones civilizadas. En materia de las cuestiones
+extremadamente delicadas de la representación diplomática, los Estados
+Unidos han hecho valer con tesón la tendencia á no medir con el patrón
+adoptado por el derecho consuetudinario de Europa los requisitos de la
+llamada _persona grata_, indispensables para la personal y oficial
+comunicación. Las tentativas para hacer que la vieja Europa se someta á
+las formas diplomáticas del nuevo Continente, desde luego han resultado
+inútiles siempre hasta el presente, pero también han hecho comprender el
+claro designio de estimar únicamente como cantidad despreciable la
+tradición histórica de la vida cortés de los Estados europeos.
+
+De ninguna manera demos exagerado alcance á esta discrepancia. Por más
+que la sublevación del radicalismo, que confía sólo en la fuerza de sus
+puños, y con esto cuenta contra lo histórico, tenga aquí únicamente la
+importancia de un síntoma, ella encontrará ocasión propicia para
+manifestarse inmediatamente en otro punto.
+
+Bajo el imperio inevitable de las masas y de la gravitación, los Estados
+Unidos tratarán en lo sucesivo de procurar un crédito grandemente amplio
+para su sistema de principados á costa de los derechos bien adquiridos y
+de la propiedad consolidada de las potencias europeas en América. Es la
+necesaria é inmediata consecuencia del principio del derecho
+internacional de la Unión: esa última exigencia en la continuación, no
+de la primitiva doctrina de Monroe, sino de la de los representantes
+novísimos de esa doctrina, alcanzará éxito, ya por la compra, ya por la
+absorción de pequeños Estados de la América central y meridional, que
+están desorganizados hasta el desamparo; ya, finalmente, por el despojo
+de las posesiones coloniales que aún tienen los Estados europeos en el
+territorio del nuevo mundo. El menosprecio del derecho bien adquirido es
+la indispensable fuerza de palanca en la mecánica de tal sistema. La
+colonia que tiene en el Norte la Gran Bretaña está, en primer término,
+en la serie de los territorios que se han de anexionar, conforme á la
+célebre fórmula «crecimiento, no colonización». Hace ya tiempo que los
+Estados Unidos perseveran en la actitud de un boxeador que se apercibe
+para la lucha, y la tentativa de Chamberlain de agrupar estrechamente
+las colonias alrededor de la Metrópoli, uniéndolas á la Gran Bretaña, no
+impedirá el curso natural de las cosas, si oportunamente no se pone
+enérgica resistencia al desbordado sistema de principado de los Estados
+Unidos. Ya el Presidente Monroe, en su con repetición citado Mensaje de
+Diciembre de 1823, se expresa en estos términos: «No hemos intervenido
+ni intervendremos en las existentes colonias ó dependencias de cualquier
+Gobierno europeo; pero respecto á los Gobiernos que han declarado su
+independencia y la han mantenido, y cuya independencia hemos reconocido
+meditándolo mucho y por justas causas, no veríamos bajo otro aspecto que
+como la manifestación de un sentimiento hostil á los Estados Unidos la
+tentativa de cualquier Estado europeo para oprimirlos ó para influir de
+cualquiera otra manera sobre su modo de ser.» (Wharton, l. c., página
+292, párrafo 57).
+
+En el infundado ataque actual de los Estados Unidos contra España, los
+estadistas norteamericanos que están al frente de aquel Gobierno han
+olvidado la primera parte de esa declaración y han invertido sin
+criterio en la acción política la segunda parte. Eduardo J. Phelps, ex
+Ministro de los Estados Unidos en Inglaterra, califica de infame el
+ataque de los Estados Unidos contra la débil España, en su carta á Levi
+P. Morton, ex Vicepresidente de los Estados Unidos y ex Gobernador del
+Estado de Nueva York.--Véase la traducción alemana de Edmundo Carlos
+Preiss, en el opúsculo «Sobre intervención en Cuba».
+
+Además, por ningún concepto puede mantenerse en serio acerca de esto la
+añagaza de que los Estados Unidos han venido reprimiendo desde 1845 sus
+apetitos de anexión con respecto á Cuba, únicamente por miedo á serios
+conflictos con Inglaterra, y que ahora están suficientemente enterados
+para estimar en su verdadero valor revolucionario las perturbaciones y
+las luchas de guerrillas de una parte de la población de color, como lo
+es en la reina de las Antillas la población hispano criolla.
+
+La indignación, generalmente afectada, por lo que llaman atrocidades, ha
+sido utilizada varias veces tan infundadamente y de modo tan
+transparente como en este caso, con el fin de paliar una especulación
+política de baja estofa. A la pregunta que se ha formulado de quiénes
+son propiamente los insurrectos, cuya demanda de libertad han colocado
+los Estados Unidos bajo la protección de su estrellada bandera,
+responde, con razón, Eduardo J. Phelps en estos términos: «Una
+aglomeración de gentes, cuyo número se ignora, que se hallan escondidos,
+que no poseen una ciudad de importancia ni ningún otro lugar fijo de
+residencia, y que tampoco han constituído Gobierno alguno organizado, á
+no ser que valga como tal la Junta de Nueva York. Guerrillas y bandidos,
+que denominan táctica á crímenes que en ningún pueblo civilizado tienen
+el valor de hechos de guerra, tales como la destrucción de los hogares y
+de las fuentes de la industria de ciudadanos pacíficos, _hasta que la
+isla se convierta en un desierto_, la voladura de los trenes
+ferroviarios llenos de viajeros inofensivos y el asesinato á sangre fría
+de un oficial español, que bajo bandera de paz ofrecía la autonomía
+política. Su fuerza para la lucha se compone de negros cubanos y de
+renegados y aventureros de todo género, procedentes de los Estados
+Unidos y de otros países. ¿Es eso lo que vamos á reconocer? ¿Puede
+constituir _deber de humanidad_ el arrojar al único Gobierno que existe,
+al que domina en la isla, y entregar la población á la benevolencia de
+semejantes cuadrillas de malhechores?» (C. c. Preiss, l. c., pág. 14).
+
+Este juicio, emitido por persona intachable é imparcial, viene á
+demostrar que el haber proclamado violentamente los Estados Unidos _la
+libertad y la independencia_ de la Isla--la cual realmente está ya en
+posesión de la autonomía nacional desde el Real decreto de 25 de
+Noviembre de 1897--de ninguna manera ha sido por pensar en el derecho de
+libre soberanía del pueblo cubano, sino visiblemente con otro designio,
+en cuya ocultación hay que ver un síntoma de mucha transcendencia. Es el
+más reciente homenaje rendido á la pública moral política por una nación
+que, devorada en su interior por codiciosos partidos, cree que no tiene
+que reconocer ni temer en parte alguna en sus relaciones exteriores,
+obstáculos jurídicos para la manifestación de su egoísmo.
+
+Todo acto político de los Estados Unidos, gracias al desventurado
+desarrollo de la lucha de los partidos por el mero poder, debe
+considerarse sencillamente como un medio de agitación para la elección
+popular; medio tanto más brutal, cuanto más eficaz, teniendo en cuenta
+las veleidades fortuitas y caprichosas del voto político de las masas
+populares. Sin que se lo estorbe la tradición histórica, la lucha por la
+riqueza se ha convertido tan descaradamente en los Estados Unidos en
+objeto de la vida política, como en ninguna otra parte del universo
+mundo.
+
+La táctica política de las luchas de intereses ha alcanzado en esa
+nación una extensión y una eficacia, que únicamente puede ser
+sobrepujada por el tesón de los partidos de explotadores que apelan á
+medios desusados.
+
+El mundo de la moral política y comercial se refleja dentro del cráneo
+de un yanqui de muy diverso modo que en las demás cabezas humanas, y el
+que con mirada atenta estudie las reformas de la tarifa de los Estados
+Unidos en los últimos decenios, el que examine los establecimientos de
+crédito, multiplicados hasta lo infinito, y las actas de la Junta que el
+Senado de Washington ha nombrado para que informe acerca de la venalidad
+de los Senadores por el depósito de azúcar; el que en todos estos
+fenómenos perciba á las aves agoreras de la tormenta, que se ha
+remontado desde el suelo de una concurrencia sin límites, ese tal no
+podrá sustraerse á la formidable idea de que el indeclinable derecho de
+guerra y de paz está á disposición de una muchedumbre de especuladores
+bursátiles, que con egoísmo inconsiderado no se intimidan ante las
+últimas, ante las sangrientas consecuencias de una jugada atrevida.
+
+Un Estado así constituído que con sus casi inagotables medios de poder
+ni aun se halla en condiciones de despojar de su autoridad violenta al
+Juez Lynch en las vastas comarcas del país, en donde las masas del
+pueblo invaden las cárceles con allanamiento y fractura; un Estado con
+males administrativos de la peor índole continuados desde Tammany hasta
+llegar á las regiones, en que un sistema administrativo sin entrañas
+mantiene á los pieles rojas en los terrenos reservados de los Indios,
+privándolos de los beneficios de la civilización, y trata de resolver
+este difícil problema por la esperanza en la desaparición de estas
+razas; por último, un Estado que con toda la plenitud del poder que se
+arroga en calidad de protector no se halla en condiciones de impedir en
+la América central y meridional las revueltas, guerras civiles y
+sangrientas revoluciones militares, que han venido á ser instituciones
+orgánicas, ni se halla en estado de elevar á esos sus pueblos vasallos á
+la participación de los beneficios de una vida política regularizada
+interior y exteriormente; un Estado, repito, de esa naturaleza, ha
+perdido el derecho de reclamar para sí en nombre de la moral pública un
+poder de la civilización para pacificar el territorio de otro Estado.
+
+Siendo esto así, podrá tan extraña conducta aparecer prácticamente
+admisible en las mutuas relaciones de los Estados americanos y dentro de
+la supremacía de los Estados Unidos, que no conceden soberanía alguna á
+los demás pueblos de aquel Continente; pero dentro de la soberanía, como
+la entiende una nación europea, debe calificarse semejante proceder como
+pretencioso, contrario á la firme conciencia jurídica, y, por
+consiguiente, como opuesto al Derecho internacional.
+
+Aun la más avanzada interpretación de la doctrina de Monroe, no dejará
+de comprender que la más elevada tasación de las plantaciones cubanas de
+azúcar por parte del Sindicato azucarero de los Estados Unidos, no puede
+ahogar la reclamación de que el territorio de los Estados europeos,
+aunque esté en las proximidades de América, no está expuesto á un libre
+despojo, toda vez que es propiedad bien adquirida.
+
+Y cuando menos, semejante acto no será propio de un Estado que hace un
+año, con orgullosa alegría de su prensa, quería dar á Europa, mediante
+su proyecto de ingenuo convenio de arbitraje, un luminoso ejemplo de
+cómo debían arreglarse las contiendas internacionales por medio de
+métodos más en armonía con la civilización que el valerse de belicosas
+sorpresas.
+
+La aspereza, notoriamente ofensiva en las relaciones diplomáticas de las
+naciones civilizadas, con la cual se han rechazado en Casa Blanca las
+negociaciones pacíficas de las grandes potencias europeas y del Papa,
+revela el ningún valor de las declaraciones de paz, ruidosa y
+teatralmente representadas el año pasado. En el transcurso de las
+últimas semanas se manifiesta, sin embargo, una cosa con entera
+claridad. La antigua, la tantas veces interrumpida tradición del
+radicalismo--que á pesar de palmarias experiencias siempre
+reaparece--afirmando que los pueblos son por naturaleza mansos corderos,
+que pastarían juntos pacíficamente si no hubiese malos gobernantes, y
+señaladamente Jefes de los Estados monárquicos que incitasen al rencor y
+al odio de unos contra otros, esa tradición, digo, queda deshecha en
+añicos ante el rompimiento de hostilidades extremadamente celebrado por
+los Estados americanos á son de campana y con los silbatos de los
+vapores; y los representantes de esa tradición, chapados á la antigua,
+deberán renunciar definitivamente en lo sucesivo á ensalzar á la
+República modelo, como guardadora autonomista de la idea de la paz.
+
+Como lo revela claramente la guerra del Imperio universal, que hace poco
+ha comenzado contra la débil y reducida España, fué sólo hacer de la
+necesidad virtud el que los Estados Unidos, con su sistema de milicias,
+lastimosamente defectuoso, y con su entonces pobre marina, se reservaran
+el papel de apóstoles de la paz, desde hace diez años, respecto á los
+Estados poderosos y preponderantes en la guerra.
+
+Ante semejante inconsecuencia del Gobierno de la Unión disminuyen mucho
+de su peso otros notables ataques de los Estados Unidos contra el
+Derecho internacional de las naciones civilizadas, fundado desde antiguo
+en sólidas razones, en la reciente ruptura de las hostilidades. Con
+todo, habrá que estimar siempre como violación del derecho económico y
+comercial de todos los Estados el que América, como parte ofensora y
+bloqueadora, se ha propasado á actos de guerra y desde luego al
+apresamiento de buques mercantes enemigos y de mercancías enemigas,
+mientras duraban las negociaciones parlamentarias entre el Congreso y el
+Senado, entre los discursos del Senado y el Mensaje del Presidente.
+
+Por más que, en términos generales, dispensen de la formal declaración
+de guerra los medios auxiliares de comunicación de noticias, hoy tan
+desarrollados y prontos, sin embargo, las situaciones jurídicas
+esencialmente diversas de los países neutrales y de las personas
+privadas, reclaman la determinación fija del momento preciso en que la
+guerra estalla. Y si esta necesidad existe ya en general, resulta
+inexcusable en la guerra marítima, en la cual todo el transporte de
+mercancías queda de una vez supeditado á reglas jurídicas
+fundamentalmente diversas. Añádase á esto que en el presente caso podían
+exigirse á ambas partes, y principalmente á la parte ofensora,
+declaraciones sinceras sobre si se adherían al sistema de guerra
+marítima determinado por el derecho internacional europeo, ó si tenían
+el designio de atenerse á los preceptos reguladores de la guerra
+marítima anteriores al año 1856.
+
+En lo que precede hemos tratado de manifestar, con auxilio de los
+hechos, que la Unión Norte Americana, como un ricacho en medio de los
+pobres parientes que le sirven, está en vías de formar para la vida
+política de América un sistema propio muy diverso del europeo. De ello
+surgen dificultades nuevas y nada fáciles de vencer para el total
+desarrollo y manifestación de un derecho internacional de las naciones
+civilizadas.
+
+El derecho de gentes, como el derecho administrativo internacional, lo
+mismo en la guerra que en la paz, descansa, respecto á su modo de ser
+más íntimo, y práctico en el acuerdo omnilateral, expreso, ó presupuesto
+con certeza, que toma un conjunto de Estados homogéneos, para que cada
+uno de ellos, en igualdad de circunstancias, sienta los mismos impulsos
+de proceder de tal manera y no de otra y se deje influir también á su
+debido tiempo por los mismos ó por análogos puntos de vista jurídicos.
+
+Si alguno de los Estados no marcha acorde con los demás; si con
+insistencia y sin rebozo se aparta del común sistema jurídico, en ese
+caso se va estrechando el círculo de los jurídicamente aliados. El
+objeto de la observación científica no puede ser el echar un velo sobre
+la realidad, porque ésta tenga en lo sucesivo sus inconvenientes; es
+preciso que mire más bien á los inconvenientes, que habrán de
+desarrollarse necesariamente si se establece una jurisprudencia
+especial.
+
+Si en su política venidera los Estados Unidos van, como hasta ahora,
+separándose cada vez más del sistema internacional europeo; si tratan de
+seguir adelante en el camino de un particular derecho internacional para
+América, acentuando por modo egoísta el derecho exclusivo de su razón de
+Estado; si lo mismo en la guerra que en la paz insisten en convertir
+toda la vida económica y jurídica del restante mundo civilizado en
+objeto de ingeniosas especulaciones bursátiles de caprichosos
+agiotistas, en ese caso no les quedará al cabo á las naciones del mundo
+europeo otro recurso que, mediante la más estrecha unión tanto para el
+consumo como para la producción, formar la coalición de la civilización
+más antigua para defender á los que son política y económicamente más
+débiles contra un sistema de violenta heguemonía y de cínicas
+explotaciones.
+
+
+ * * * * *
+
+
+ Notas Transcriptor
+
+ El libro es una traducción de un texto alemán con una ortografía arcaica.
+ El texto ha sido reproducido con un mínimo de correcciones.
+ Inconsistencias en ortografía son del libro original.
+
+
+
+
+
+
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+
+*** END OF THIS PROJECT GUTENBERG EBOOK EL DERECHO INTERNACIONAL AMERICANO ***
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+Project Gutenberg-tm is synonymous with the free distribution of
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+including obsolete, old, middle-aged and new computers. It exists
+because of the efforts of hundreds of volunteers and donations from
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+Volunteers and financial support to provide volunteers with the
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+remain freely available for generations to come. In 2001, the Project
+Gutenberg Literary Archive Foundation was created to provide a secure
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+To learn more about the Project Gutenberg Literary Archive Foundation
+and how your efforts and donations can help, see Sections 3 and 4
+and the Foundation web page at http://www.pglaf.org.
+
+
+Section 3. Information about the Project Gutenberg Literary Archive
+Foundation
+
+The Project Gutenberg Literary Archive Foundation is a non profit
+501(c)(3) educational corporation organized under the laws of the
+state of Mississippi and granted tax exempt status by the Internal
+Revenue Service. The Foundation's EIN or federal tax identification
+number is 64-6221541. Its 501(c)(3) letter is posted at
+http://pglaf.org/fundraising. Contributions to the Project Gutenberg
+Literary Archive Foundation are tax deductible to the full extent
+permitted by U.S. federal laws and your state's laws.
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+Fairbanks, AK, 99712., but its volunteers and employees are scattered
+throughout numerous locations. Its business office is located at
+809 North 1500 West, Salt Lake City, UT 84116, (801) 596-1887, email
+business@pglaf.org. Email contact links and up to date contact
+information can be found at the Foundation's web site and official
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+ Dr. Gregory B. Newby
+ Chief Executive and Director
+ gbnewby@pglaf.org
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+Literary Archive Foundation
+
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+increasing the number of public domain and licensed works that can be
+freely distributed in machine readable form accessible by the widest
+array of equipment including outdated equipment. Many small donations
+($1 to $5,000) are particularly important to maintaining tax exempt
+status with the IRS.
+
+The Foundation is committed to complying with the laws regulating
+charities and charitable donations in all 50 states of the United
+States. Compliance requirements are not uniform and it takes a
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+have not met the solicitation requirements, we know of no prohibition
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+any statements concerning tax treatment of donations received from
+outside the United States. U.S. laws alone swamp our small staff.
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+methods and addresses. Donations are accepted in a number of other
+ways including checks, online payments and credit card donations.
+To donate, please visit: http://pglaf.org/donate
+
+
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+works.
+
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+concept of a library of electronic works that could be freely shared
+with anyone. For thirty years, he produced and distributed Project
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+
+
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